El 1 de abril pasado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) oficialmente solicitó al gobierno de Brasil suspender inmediatamente el licenciamiento y construcción de la gran represa de Belo Monte, en el estado de Pará, Brasil, argumentando que el proyecto podría perjudicar los derechos humanos de las comunidades tradicionales de la cuenca del río Xingú. La CIDH determinó que el gobierno debe realizar procesos de consulta "previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuados", con las comunidades indígenas involucradas antes de la construcción de la hidroeléctrica. El gobierno brasileño recibió un plazo de quince días para informar a la CIDH sobre el cumplimiento de la resolución.
La decisión de la CIDH responde a una denuncia presentada en noviembre de 2010 por el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre (MXVPS), la Coordinación de Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña (COIAB), la Prelazia del Xingú, el Consejo Indígena Misionero (CIMI), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Sociedad Paranaense de Derechos Humanos y Justicia Global, en nombre de varias comunidades tradicionales de la cuenca del Xingú. De acuerdo con la denuncia, entre otros, estas comunidades no fueron consultadas de forma adecuada sobre el proyecto que, si se lleva a cabo, causará daños socio-ambientales irreversibles, desplazamientos forzados de miles de personas y amenazará una de las regiones de mayor valor para la conservación de la biodiversidad en el Amazonas.
"Al reconocer los derechos de los pueblos indígenas a la consulta previa e informada, la CIDH solicita que el gobierno brasileño paralice la construcción de Belo Monte y garantice el derecho de decidir de los indígenas", dijo Roberta Amanajás, abogada de SDDH. "De esta forma, seguir con las obras sin realizar las consultas indígenas violaría el derecho internacional y el gobierno sería responsable internacionalmente por los impactos negativos causados por el proyecto".
La CIDH también resolvió que Brasil debe adoptar medidas urgentes para proteger la vida e integridad personal de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en la cuenca del Xingú, además de medidas para prevenir la diseminación de enfermedades y epidemias entre las comunidades tradicionales afectadas por la obra.
"La decisión de la CIDH envía un mensaje claro que las decisiones unilaterales del gobierno y la justicia brasileños, en busca del crecimiento económico a cualquier costo, constituyen una afronta a las leyes del país y a los derechos de las poblaciones tradicionales locales", dijo Antonia Melo del MXVPS. "Nuestros gobernantes no pueden continuar excusándose en el crecimiento económico para violar los derechos humanos e impulsar proyectos que promueven la destrucción de nuestros recursos naturales y la muerte de los pueblos del Xingú y del Amazonas".
La represa no sólo ha sido criticada por comunidades y organizaciones de la sociedad civil, sino también por científicos, investigadores y expertos de las agencias federales brasileñas. Sólo el Ministerio Público Federal ha presentado diez demandas que están pendientes de resolverse.
"La decisión de la CIDH de la OEA es una alerta para el gobierno de Brasil y de todos los países de la región para que discutamos ampliamente entre todos este modelo de desarrollo autoritario y altamente predatorio que se está implementando en el hemisferio", afirmó Astrid Puentes, co-Directora de AIDA. Cita algunos ejemplos de violaciones de derechos causadas por las grandes obras del Programa de Aceleración de Crecimiento del gobierno brasileño. "Son muchos los casos de desalojos forzados de familias que nunca fueron indemnizados, grandes impactos ambientales, destrucción social de comunidades y aumento de la violencia y pésimas condiciones de trabajo alrededor de los trabajadores de obras".
"Estoy muy conmovida con esta noticia", dijo Sheyla Juruna, líder de la comunidad indígena Juruna del km 17, afectada por el proyecto. "Hoy, más que nunca, tengo la certeza de que estamos en lo correcto en denunciar al gobierno ante la justicia por las violaciones contra los derechos de los pueblos indígenas del Xingú y de todos los que están juntos en esta lucha en defensa de la vida y del medio ambiente. Continuaremos firmes y resistentes en esta lucha contra la implementación del Complejo de Belo Monte".
La decisión de la CIDH ordenando la suspensión inmediata del proceso de licenciamiento y construcción de Belo Monte se fundamenta en el Convenio 169 de la OIT, en la Declaración de la ONU de los Derechos de los Pueblos Indígenas, en la Convención de Biodiversidad, en la Convención Americana y en la propia Constitución de Brasil.
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