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México. El derecho humano al agua en riesgo en el distrito federal por la mala calidad del líquido

México


 

BOLETÍN DE PRENSA

 EL DERECHO HUMANO AL AGUA EN RIESGO EN EL DISTRITO FEDERAL

POR LA MALA CALIDAD DEL LÍQUIDO QUE SE RECIBE ACTUALMENTE

DEL SISTEMA CUTZAMALA

(28 de junio de 2012)

 

 

El agua de dudosa calidad que estamos recibiendo desde hace alrededor de tres semanas en el Distrito Federal proveniente del Sistema Cutzamala viola el derecho humano al agua consagrado en el Artículo 4to constitucional que a la letra dice: "Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible." Como además lo establece la Observación General 15 sobre derecho al agua del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, la calidad del agua es uno de los factores fundamentales del derecho humano al agua, e implica que ésta debe ser salubre, por lo tanto, no debe contener microorganismos, substancias químicas o radiactivas que puedan constituir una amenaza para la salud de las personas; además, debería tener un color, un olor y un sabor aceptables para cada uso personal o doméstico. Asimismo, la accesibilidad a la información es otro de los factores fundamentales del derecho al agua, que comprende a su vez el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre cuestiones relacionadas con el agua.

El cumplimiento del derecho al agua es también condición para la realización de otros derechos humanos, como el derecho a la salud, el derecho a la alimentación adecuada, a la vivienda adecuada, el derecho al medio ambiente sano, el derecho a la vida. Además, derivado del artículo 1° constitucional "todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos..."

La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) envía diariamente agua al Distrito Federal y al Estado de México a través de lo que se conoce como el Sistema Cutzamala, que se abastece, entre otras, de la presa Valle de Bravo, misma en la que desde hace aproximadamente un mes han proliferado algas que han provocado, a decir de las autoridades, el olor y sabor desagradables en el agua percibidos por la población de al menos 10 delegaciones del Distrito Federal. Ante los reportes ciudadanos y los señalamientos de varios especialistas y organizaciones, la CONAGUA ha reiterado que se cumple con las características establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 que establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano. Asimismo, en el Aviso 146-12 del 24 de junio sobre el Sistema Cutzamala, publicado en su portal de Internet, la CONAGUA afirma que "los análisis respectivos no muestran elementos tóxicos en la presa ni en el agua que se envía del Sistema Cutzamala al Valle de México. Se sigue cumpliendo con la norma y es agua apta para consumo humano." 

Sin embargo, desde el punto de vista de la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua (COMDA) y de diversos especialistas el problema es más complejo y va más allá de que el olor y el sabor del agua sean "desagradables"; la situación plantea varios desafíos también en términos de salud pública y la información oficial aún no es suficiente ni contundente para que la población pueda continuar consumiendo con absoluta confianza el agua proveniente del Sistema Cutzamala.  

En primer lugar, como lo explica la Dra. Marisa Mazari del Instituto de Ecología de la UNAM, a quien la COMDA entrevistó este miércoles 27 de junio, "la proliferación de algas en la presa Valle de Bravo es la respuesta a la presencia de materia orgánica en el agua, que también puede servir de sustrato a otros microorganismos como son bacterias, virus y parásitos, no solamente algas." Siendo así, entonces el problema no es solamente de olor y sabor desagradables del agua, sino que puede causar irritaciones en la piel, los ojos y malestares estomacales. Al respecto, la COMDA consultó también al Dr. Alfonso Izcoa, médico gastroenterólogo, quien confirma que el número de casos y la frecuencia de diarreas, algunas de ellas severas, es actualmente mayor que en otros años en esta temporada. En el mismo sentido, la información recabada en varias farmacias visitadas fue contundente: están vendiendo más medicinas relacionadas con diarreas. Por otra parte, como ha señalado también Mazari junto con Luis Zambrano en su artículo publicado por transeunte.org, "los efectos potenciales a largo plazo del consumo del agua con toxinas producidas por algas puede derivar en efectos hepatotóxicos, esto es provocar daño en el hígado. En pocas palabras, podemos estar tomando agua con toxinas y no enfermarnos en el corto plazo, pero tener graves problemas de hígado en el largo plazo. Por lo que, el argumento de la Secretaría de Salud del DF en el cual indican que el consumo del agua no afecta a los humanos porque no han detectado brotes epidémicos es sólo una visión parcial."

En segundo lugar, también es importante que se informe con mayor precisión acerca de las medidas que la CONAGUA señala estar implementando desde principios de junio, consistentes en aplicar al agua carbón activado y más cloro, así como asegurar que no tendrán consecuencias contraproducentes. Al respecto, la Dra. Mazari alerta acerca de la sobrecloración del agua, en el sentido de que "sobreclorar el agua que tiene materia orgánica causa otro problema potencial, pues se pueden generar trihalometanos, es decir cloroformo, bromoformo, clorodibromometano y diclorobromometano, que son cancerígenos a largo plazo."[1]  

En tercer lugar, las autoridades deben ponerse de acuerdo respecto a las medidas que debe adoptar la población, pues la información que circula es contradictoria, desde la afirmación de que no es tóxica ni entraña riesgos para la salud, pasando por la recomendación de hervirla, la de agregarle cítricos para contrarrestar el mal sabor, hasta la de mejor no consumir agua de la red y comprar agua embotellada. A partir de todo lo anterior, la población no puede tener la seguridad de que no sufrirá daños en el corto, mediano o largo plazos al utilizar el agua de la red para beber, lavar frutas, verduras y otros alimentos, emplearla en la higiene personal, e incluso, al no saber el origen del agua embotellada ni los procesos de potabilización por los que pasa, tampoco puede tener la certeza de que comprar botellas o garrafones disminuye el riesgo de enfermarse y resuelve el problema. Y si ésta fuera en realidad la solución de corto plazo, no estaría al alcance de toda la población en términos económicos.

En este contexto hay responsabilidades tanto concurrentes como diferenciadas de las autoridades federales, del Estado de México y del Distrito Federal. La CONAGUA entrega el agua en bloque al Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM) después de pasar por la planta potabilizadora de Los Berros, dependiente de la Comisión Nacional. La debida atención al problema de contaminación de las presas que abastecen al Sistema Cutzamala con medidas continuas de vigilancia, prevención y sanción es también de competencia federal, en coordinación con las autoridades estatales en donde se encuentran. En la presa Valle de Bravo, por ejemplo, no sólo debe atenderse el problema de la descarga de aguas residuales, también deben revisarse y regularse de manera más eficiente las actividades recreativas, por ejemplo, los riesgos asociados a la presencia de gasolineras para lanchas dentro de la presa, lo que resulta incompatible con la finalidad prioritaria que es proveer de agua para consumo humano, como  menciona también la Dra. Mazari en la entrevista de la COMDA.

Si bien las medidas correctivas son competencia federal, en el Distrito Federal el SACM, en coordinación con las autoridades ambientales y de salud deben difundir información acerca de los resultados de su propia medición de la calidad del agua que se recibe del Cutzamala y promover medidas preventivas y de orientación para la población. Estas medidas serían congruentes con el  Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF)[2] También serían medidas consecuentes con el proceso de la Mesa de Diálogo por la Transparencia (MDT) en el Sistema de Aguas del Distrito Federal que iniciamos en agosto del año pasado entre la COMDA, el SACM, el INFO DF y la Subsecretaría de Gobierno del GDF, y del cual se derivaron una serie de compromisos del Sistema de Aguas para avanzar en la transparencia y el acceso a la información entre otras materias en la de calidad del agua; sobre el particular, el SACM se comprometió a transparentar la información de la calidad en todos los parámetros de la Norma (no sólo cloración), así como informar a la población de riesgos en la calidad del agua y recomendar medidas a tomar para prevenir los daños. Reiteramos por tanto lo subrayado en la MDT respecto a que el acceso a la información, la transparencia y la rendición de cuentas favorecen el escrutinio público de la gestión gubernamental, la vida democrática, así como la corresponsabilidad social, y que aplicar estos principios en materia de agua, un bien público fundamental para la vida y el desarrollo de la población, resulta de suma importancia y urgencia. 

Por todo lo anterior, la COMDA hace un enérgico llamado a todas las autoridades competentes a cumplir sus obligaciones constitucionales e internacionales en materia de derechos humanos y a brindar de manera oportuna, continua y accesible información completa y contundente respecto de la inocuidad del agua que se está distribuyendo, así como a diseñar e implementar un plan de contingencia basado en la prevención. Frente a la incertidumbre generada, y al no disponer todavía de todos los conocimientos sobre los efectos que pudiera causar el consumo del agua en las actuales condiciones, una actuación responsable del Estado requiere la aplicación del principio precautorio[3] con medidas que justamente contribuyan a prevenir el daño. Por ejemplo, sobre la base de este principio, en tanto no se resuelva el problema, debería proporcionarse agua de buena calidad para beber de manera gratuita para los sectores de menos ingresos y para aquellos en mayores condiciones de vulnerabilidad. Además, debería orientarse de manera precisa y efectiva a la población sobre las medidas adicionales que se deben implementar a nivel doméstico, escolar, hospitalario, comercial y comunitario mientras se soluciona el problema de manera integral.  

Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua (COMDA)

Para mayor información:

http://www.comda.org.mx/

Areli Sandoval 55 39 00 55, areli_sandoval@yahoo.com, arelisandoval@equipopueblo.org.mx

Claudia Campero 044 55 30 15 63 66, claucampero@yahoo.com,

Brenda Rodríguez 044  55 29 36 79 85 brendtzu27@yahoo.com.mx



[1] Mazari refiere los límites establecidos en la NOM-127-SSA1-1994, según el límite permisible de cloro residual libre es de 0.2 a 1.50 miligramos por litro y el máximo de trihalometanos totales no debe exceder los 0.20 miligramos por litro.

[2] En materia del derecho al agua en la ciudad de México el PDHDF reconoce que "entre las estrategias a impulsar se deben incrementar esfuerzos para transparentar y hacer accesible al público la información sobre disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua en el Distrito Federal y generar mecanismos de participación efectivos." PDHDF, capítulo 15 sobre el derecho al agua, p. 357.

[3] Este principio ético, extendido al contexto ambiental y de derechos humanos,  debe orientar las políticas públicas y lograr una intervención de control anterior al daño.







2007, Derechos Reservados. Derecho al Agua / HIC