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México. Boletín de la COMDA denuncia mínimos avances en el Programa de Derechos Humanos en el Distrito Federal

México


 

Organizaciones promotoras y defensoras del derecho humano al agua alertan sobre mínimos avances en la implementación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF)

  • Denuncian medidas regresivas en contrasentido del PDHDF, como la iniciativa de Ley que busca descentralizar el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM) y la iniciativa de Ley del Sistema de Protección Social, ambas enviadas por el GDF a la Asamblea Legislativa en febrero y abril, respectivamente.
  • Señalan la falta de voluntad política del SACM para transparentar información, lo que obstaculiza el seguimiento a la implementación del PDHDF y retrasa su cumplimiento.
  • Reiteran exigencia de información precisa y una evaluación sobre los contratos con empresas privadas desde 1993, antes de que se avance en la profundización del rol de las empresas en el manejo del agua en la ciudad de México.

En el contexto de la grave crisis hídrica de la Cuenca del Valle de México que se agudiza año con año, es imperativo plantear alternativas integrales, bien estructuradas y ampliamente consensadas con todos los actores sociales. El rol del Estado como garante del derecho humano al agua y la participación ciudadana en la materia son fundamentales, de ahí la importancia del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF), en cuya elaboración participamos la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua (COMDA) junto con muchas otras organizaciones, la academia y diferentes instancias de gobierno, apostando por la gestión integral del agua y el goce de dicho derecho en la ciudad. 

La obligatoriedad del PDHDF para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades del Distrito Federal, incluido el SACM, se estableció por Acuerdo de la Jefatura de Gobierno el 26 de agosto de 2009 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. La COMDA ha dado seguimiento a la implementación del capítulo sobre derecho humano al agua del PDHDF desde entonces, y ha llamado la atención a las autoridades en varias ocasiones durante 2010 y lo que va del año debido a los pocos avances y los obstáculos detectados para su cumplimiento. 

A la luz de la aprobación de la Ley del PDHDF por la ALDF el 24 de febrero de 2011, y su reciente promulgación por el Jefe de Gobierno este lunes 30 de mayo,  la COMDA reitera su exigencia de discutir el modelo de gestión del agua para el Distrito Federal y cómo éste garantizará el derecho humano al agua de la población; también demanda la profunda revisión y debate público de las recientes iniciativas de ley que el GDF ha enviado a la ALDF, por un lado en materia de descentralización del SACM y por el otro en materia de protección social, que resultan gravemente contrarias al PDHDF y su respectiva Ley. 

Tal y como fue remitida por el Jefe de Gobierno capitalino Marcelo Ebrard a la ALDF el 18 de febrero de 2011, la "Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley que crea el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM), y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aguas del Distrito Federal y de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal" entraña la privatización del servicio de agua en la ciudad, al ampliar el papel de las empresas privadas sin haber realizado una evaluación y discusión pública al respecto, lo que contraviene dos líneas de acción del PDHDF: la 777 que mandata promover un amplio proceso de participación ciudadana, académica y de la sociedad civil organizada, para aportar a una nueva evaluación de los contratos de concesión de 1993 a 2009 que sirva de base para la toma de decisiones relativa a renovación de contratos o celebración de otros en el futuro; y la 779 que mandata supervisar y evaluar periódicamente con participación social, el desempeño e impacto de las empresas por la prestación de los servicios concesionados. 

Asimismo, la iniciativa  contraviene la línea de acción 761 del PDHDF que mandata conformar un espacio amplio de reflexión y discusión con autoridades del GDF, la ALDF, instituciones académicas y OSC sobre la reestructuración de las tarifas de agua, asegurando que la reforma al sistema tarifario se haga de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos. En la práctica, la última modificación al sistema tarifario tampoco consideró adecuadamente el criterio de accesibilidad económica indispensable para la garantía del derecho al agua de la población. 

A casi dos años de aprobado el PDHDF podemos afirmar que no hay avances en las líneas de acción relacionadas con las empresas privadas que participan en el manejo de agua, aún en aquéllas líneas que no requieren de mayor esfuerzo ni inversión por parte del SACM, como la 776 que simplemente mandata a la Dirección General del SACM en el corto plazo (2010), a hacer pública y accesible a través de su página web y otros medios, toda la información relativa a las empresas concesionarias del servicio de agua en el D.F., así como la evaluación del SACM sobre los contratos de concesión en el período 1993 a 2009. Es por ello que demandamos mayor información, evaluación de los servicios prestados por las empresas privadas hasta ahora y difusión de dicho desempeño, así como espacios de análisis y discusión interdisciplinaria e intersectorial respecto a las propuestas anunciadas. 

Pero las acciones contradictorias con el PDHDF se siguen acumulando; la Secretaría de Gobierno envió a la ALDF el 26 de abril pasado la "Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Sistema de Protección Social del Distrito Federal" (ILSPSDF), que además de modificar completamente el enfoque de garantía y exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales que establece la Ley de Desarrollo Social del D.F., resulta  contradictoria con la Ley del PDHDF y el Programa mismo en varios aspectos, incluidos algunos referentes al derecho humano al agua. 

En sus artículos 7 y 74 respectivamente, la ILSPS condiciona, en general, los apoyos económicos y/o en especie, subsidios, exenciones, condonaciones en materia de servicios públicos a las Reglas de Operación que emitan los Entes Públicos ejecutores de los Programas y a la aprobación del Consejo de Protección Social para el siguiente ejercicio fiscal. Y en particular, en materia de agua, el artículo 62 limita la autorización de condonaciones en el pago del servicio a aquellas colonias reconocidas por la autoridad competente que reciban el servicio de manera irregular permanentemente. Asimismo, la ILSPSDF incurre en serias omisiones y contradicciones con el enfoque de derechos humanos, por ejemplo al ignorar en su artículo 11 dentro del capítulo de programación y presupuestación, la obligación de destinar el máximo de recursos disponibles al logro progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales,  y en su lugar priorizar la finalidad de "mantener un sano equilibrio financiero."

Por último, debemos señalar que el Comité de Seguimiento del Derecho Humano al Agua del PDHDF, en el que participamos como Coalición, ha sido un espacio muy limitado debido a la cerrazón del SACM para proporcionar información suficiente y oportuna acerca del avance en el cumplimiento a este derecho. 

Por todo lo anterior, demandamos congruencia del Gobierno del Distrito Federal que proclama públicamente un fuerte compromiso con el medio ambiente y los derechos humanos, incluso a nivel internacional, mientras que en los hechos promueve medidas contradictorias por la vía legislativa y a través de numerosos megaproyectos que ponen en serio riesgo las pocas zonas de recarga que han quedado en la Cuenca del Valle de México, incumpliendo así los compromisos y obligaciones derivados del PDHDF y la Ley del PDHDF.

Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua







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