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Nicaragua

Nicaragua ley de vivienda


 

El próximo 26 de febrero se votará en el Congreso Nacional de Nicaragua la ley de vivienda digna de ese país,  proyecto que es fruto de un largo trabajo de las organizaciones de vivienda nicaragüenses junto con el apoyo de la Asamblea Nacional y la voluntad del Presidente de la República.


A continuación les ofrecemos el documento presentado por las organizaciones sociales en conferencia de prensa el pasado 17 de febrero, acerca de este importante logro.

Antecedentes y ley de Vivienda

 

PRONUNCIAMIENTO

 

Nosotros, en representación de las 43,171 personas que firmaron el respaldo a la Ley de Vivienda Digna, de las más de 500 familias cooperativistas de vivienda y de las 12 organizaciones sociales especializadas en vivienda y hábitat:

QUEREMOS RECONOCER:

  • 1. El Carácter popular y democrático de la Ley que fue elaborándose en más de 150 Foros de Consulta Ciudadana, donde participaron Líderes Comunitarios, Alcaldes, Candidatos a la Presidencia de la República, Docentes y Estudiantes Universitarios, Especialistas en temas de Hábitat, obreros de la construcción, jefas de familias, entre otros, hasta sumar aproximadamente 3,000 personas que aportaron al Anteproyecto de Ley;
  • 2. La apertura de la Asamblea Nacional de reconocer el carácter popular y darle acogida a esta iniciativa, de invitarnos a las consultas y evacuar nuestras inquietudes dentro el Proceso de Formación de la Ley;
  • 3. La disposición del organismo estatal INVUR por crear una iniciativa de consenso entre el Movimiento Comunal Nicaragüense, la Red de Vivienda y el Gobierno;
  • 4. La voluntad del Presidente de la República, quien personalmente asistió a la Comisión de Infraestructura de la Asamblea Nacional a respaldar la iniciativa de Ley.

Nos sentimos identificados con:

  • 1. El marco Jurídico e Institucional, pues la Ley de Vivienda refuerza el Rol del sector Habitacional, al mismo nivel de las otras leyes que deberían contribuir a la redistribución de la riqueza, como son la Ley de Educación y la Ley de Salud;
  • 2. Los aportes sustanciales que esta Ley brinda en temas tan críticos como:
  • a. Uso del suelo urbanizable,
  • b. Los mecanismos de participación ciudadana,
  • c. El apalancamiento de recursos del Estado con recursos del sector financiero para incentivar la construcción de viviendas de interés social,
  • d. El rol de la construcción, principalmente de viviendas, para incentivar el crecimiento de la economía por el efecto multiplicador que esta tiene en la generación de empleo, producción de materiales, servicios, comercio, transporte, entre otros,
  • e. Oficializar como política de estado los mecanismos de ahorro, crédito y subsidio para disminuir el déficit habitacional, que demanda la construcción y / o reparación de 900,000 unidades,
  • f. Brindar oportunidad a los trabajadores asalariados de acceder a las prestaciones sociales ya ganadas, para invertir sus recursos en financiar parte de las mejoras de su vivienda o la prima para una vivienda nueva,
  • 3. También reconocemos los avances que en términos de democracia ciudadana establece la Ley, tales como:
  • a. El rol de las municipalidades en los procesos de planificación, ordenamiento y gestión de financiamiento, para orientar los procesos de construcción y / o reparación de viviendas en sus localidades,
  • b. El papel de la población de trascender de beneficiario a sujeto activo en la construcción de sus viviendas y comunidades mediante mecanismos de autoconstrucción, cogestión y / o cooperativismo.
  • c. La participación del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y el sector financiero de reactivar la economía apoyando este segmento del mercado con compromiso social y / o responsabilidad social empresarial.

No obstante, una vez estudiado el Dictamen de la Ley, queremos demandar una mayor profundización en los siguientes aspectos que se señalaron en los Foros de Consulta Ciudadana y que fueron plasmados en el documento de consenso entre el INVUR - MCN y RED DE VIVIENDA:

  • 1. Profundizar la atención a los sectores de bajos ingresos con empleo inestable y / o del sector rural mediante:
  • a. Asignación de mayores recursos al fondo de subsidios, y crédito en condiciones adecuadas para:
  • i. Programas de mejoramiento de vivienda y / o construcción progresiva,
  • ii. Establecer Bancos de Materiales a nivel de cada localidad,
  • iii. Promover la producción masiva de lotes con servicios.
  • iv. Programas de Mejoramiento de Barrios,
  • 2. Establecer con carácter de Ley el Consejo Nacional de la Vivienda con participación equitativa de la empresa privada, el Gobierno, los representantes de los movimientos de pobladores y las instituciones de la sociedad civil especializadas en vivienda,
  • 3. Dada la inestabilidad de los mercados financieros internacionales, y la incertidumbre de la situación de ingresos de la población, se demanda establecer una tasa de interés fija para los créditos de vivienda social, readecuando el mecanismo de subsidio a la tasa de interés y al Fondo de Hipotecas aseguradas que establece el Dictamen de la Ley especial para el fomento de la construcción de vivienda y de acceso a la vivienda de interés social.

Por tanto, demandamos a la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos y a los diputados de la Asamblea Nacional, considerar estas propuestas para reforzar el carácter inclusivo de la Ley de Vivienda para todas las y los nicaragüenses.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días de mes Febrero de dos mil nueve.

Movimiento Comunal Nicaragüense

Federación de Organizaciones Sociales de Vivienda y Asentamientos Humanos

Central de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua "Viviendas Dignas".





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