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Colombia. Restitución de tierras: ¿negocio o reparación?

Colombia, Abril 2011


 

Por: Rodolfo Arango

EL PROYECTO DE LEY DE VÍCTIMAS que se tramita en el Congreso de la República incluye normas sobre la restitución de tierras que llaman la atención.

Los originales propietarios, poseedores o tenedores de inmuebles usurpados o abandonados por la presión de los violentos podrán vender sus tierras pasados dos años de su restitución. Incluso la venta podrá ser antes de ese plazo si la enajenación se hace para cancelar créditos pendientes con entidades bancarias. Empresarios y sector financiero han sentado sus reales en el texto de lo aprobado hasta hoy. Las curiosidades no paran allí. El proyecto reconoce un "derecho de superficie" a quienes venían explotando las tierras restituidas. Las víctimas, y no el Estado, deberán pagar a los interesados el valor de las mejoras hechas a sus predios durante el despojo. Miles de campesinos, de los cerca de cuatro millones de desplazados, tendrán que compensar con plata de su bolsillo a poseedores de buena fe y a empresas agrícolas que han venido explotando las tierras sin la anuencia de sus originales ocupantes. Para rematar, el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo permite anexar a grandes empresas agroindustriales las tierras devueltas bajo la modalidad de las unidades agrícolas familiares, haciendo que el campesino pase de ser un pequeño propietario a convertirse en un trabajador rural o "asociado". La reparación real se subordina a los negocios.

El manejo de la restitución de tierras proyectado augura una nueva desilusión para millones de desposeídos. El dislate normativo no parece ser consecuencia exclusiva de una visión excesivamente focalizada en la generación de riqueza, en desmedro del reconocimiento pleno de las víctimas. El proyecto abusa de la reglamentación legal dada su falta de imaginación y voluntad política. La iniciativa legislativa, en lo que toca con tierras, promete ser un nuevo y monumental fiasco. Los periódicos y sistemáticos asesinatos de defensores y representantes de las víctimas a manos de los poderes de facto así lo demuestran. Enjundiosos planes de seguridad nada cambiarán el desequilibrio de fuerzas y la intencionalidad política ciega al problema cultural y social. A la mejor usanza santanderista, el proyecto pretende enfrentar el problema del despojo violento y su reparación mediante la creación de nuevas instituciones, funciones y procedimientos, cuando lo cierto es que la lógica económica incentiva la eliminación del minifundio campesino y la expansión agroindustrial.

La lucha por la tierra ha estado en el centro de la guerra en Colombia desde sus orígenes. El fenómeno del desarraigo violento en los últimos cincuenta años no es la excepción. La futura ley de víctimas no parece tener la capacidad ni la concepción adecuada para cambiar esa realidad. Menos si el propósito de restituir las tierras termina trocado en la finalidad de construirle carriles a las locomotoras de la prosperidad democrática. Una recta voluntad de paz y reconciliación podría empezar no desatendiendo dos mandatos constitucionales: el artículo 58, que permite la expropiación de tierras por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, por ejemplo para reparar efectivamente a las víctimas y para revertir la contrarreforma agraria violenta de las últimas décadas; y el artículo 64, que establece el deber del Estado de "promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios", "con el fin de mejorar el ingreso y la calidad de vida de los campesinos".

Fuente: Elespectador.com









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